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Cuándo se retoma el debate de la Ley de Alquileres en el Senado - Bicameral

Cuándo se retoma el debate de la Ley de Alquileres en el Senado

El Senado de la Nación convocó a un plenario de las comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda para este miércoles a las 14, con el fin de reanudar el debate del proyecto de modificación de la Ley de Alquileres, que llega con media sanción de la Cámara de Diputados.

Desde Junto por el Cambio habían remarcado durante el debate la necesidad de darle “celeridad” al tema, pero desde el Frente de Todos frenaron esa chance al dejar de manifiesto su disconformidad con el texto que llega desde la Cámara Baja. Por el contrario, propusieron arribar a un texto consensuado e invitar a inquilinos y propietarios a debatir. Así las cosas, se pasó a un cuarto intermedio. A eso se le sumó la novedad de un proyecto propio desde Unidad Federal, que echaría por tierra las expectativas de lograr la mayoría necesaria para la aprobación definitiva.

En el plenario del miércoles, no obstante, se expondrán cuatro iniciativas más en relación a la temática: uno de Clara Vega que propone dos años para habitar, tres para comercializar y ajuste de precio cada 6 meses; uno de Magdalena Solari Quintana, donde el locatario pueda renunciar cuando lo desee; uno de Maurice Closs donde se establece un ajuste anual y uno de Carolina Losada, que directamente va por la derogación de la norma vigente.

LEY DE ALQUILERES: LAS PRINCIPALES REFORMAS

1- Mecánica de los ajustes

La iniciativa aprobada establece que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a cuatro meses”.

En tanto, “para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

2- Plazo de los contratos

El proyecto vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos e incorpora una serie de incentivos para promover la oferta de viviendas en el mercado.

3- Beneficios fiscales

Se contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.

4- Ingreso

No podrá exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.