Diputados debatirán en comisión la ley de Transparencia y el Régimen Legal de Transición de Gobierno

Las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales, Juicio Político, Peticiones, Poderes y Reglamento debatirán de manera conjunta dos proyectos de ley que forman parte de la agenda del Ejecutivo: ellos son la Ley de Transparencia y el Régimen Legal de Transición de Gobierno (o “Ley de Transición”), este último proyecto devuelto en revisión desde el Senado.

Será el próximo miércoles desde las 15 horas en el Salón de los Pasos Perdidos.

El proyecto de Ley de Régimen Legal de Transparencia y Ética de la Función Pública para el ámbito de la provincia establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado provincial.

La normativa es reglamentaria de los Artículos 37º y 40º de la Constitución de Entre Ríos y tiene por objeto regular las normas de conducta que deben regir en el ejercicio de la función pública. Establece un conjunto de deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial.

Entre los puntos más relevantes de la iniciativa a la cual accedió Bicameral se establece que los funcionarios y personas comprendidas en la ley deberán presentar “declaración jurada patrimonial integral y una declaración de funciones, dentro de los sesenta (60) días hábiles de la toma de posesión del cargo y, presentar una última declaración, dentro de los treinta (30) días hábiles desde la fecha de cesación en el cargo”.

Esta declaración debe contener una nómina detallada de todos los bienes, créditos, deudas e ingresos, tanto en el país como en el extranjero, propios y gananciales, del declarante, de su cónyuge o conviviente, de sus hijos menores de edad emancipados.

Por otro lado, el proyecto de ley, remitido por el Poder Ejecutivo, que establece el Régimen Legal de Transición de Gobierno, obtuvo media sanción y volvió del Senado con cambios.

La norma establece prohibiciones, como efectuar en el último año de gestión designaciones o recategorizaciones del personal en cualquiera de los ámbitos del Estado, estableciendo excepciones como las que se realicen en el marco de las paritarias y los acuerdos con los gremios, las que correspondan por ley, las que fuesen por concurso y los casos de los docentes, los integrantes de las fuerzas de seguridad y profesionales de la salud.