El Frente de Todos se reunió en el Ministerio de Economía para definir la propuesta de movilidad previsional que el Poder Ejecutivo Nacional pondrá a consideración de la Comisión Bicameral Mixta de Movilidad Previsional. El proyecto es resultado de un trabajo conjunto entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Anses y el Ministerio de Economía.
Dicha fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017 y sus elementos constitutivos básicos, los salarios y la recaudación, en un 50% cada uno. La fórmula que se propone, afirmaron, “es sustancialmente la misma a la sancionada en el año 2008 y que resultó en una mejora sostenida en el poder adquisitivo de los jubilados y jubiladas hasta el año 2015”.
En igual sentido se espera que la fórmula que se propone y que deberá comenzar a regir en el año 2021, a diferencia de la sancionada en 2017, generará un incremento del poder adquisitivo de los haberes, gracias al aumento del salario real y de los recursos de ANSES.
La posición de la mayor parte de los especialistas es que la evolución de los salarios debe ser parte de la fórmula de movilidad. Además, dijeron que “lo importante es lograr la sustentabilidad a largo plazo del sistema, en el marco de una trayectoria fiscal que permita ganar espacio de política para ir generando más y mejores políticas redistributivas”.
Se recupera el tope a los aumentos anuales, que no podrán ser superiores al crecimiento de los recursos totales de ANSES (multiplicado por 1,03). Este tope estuvo vigente entre 2009 y 2017 y es clave para garantizar la sustentabilidad del sistema de seguridad social, evitando que los gastos crezcan sistemáticamente más que los recursos y el déficit previsional crezca sin control (como sucedió entre 2016 y 2019). Esta condición de sustentabilidad había sido eliminada con la reforma del 2017.
Se incorpora además una cláusula de “legislación constante” que establece que los cambios en la política tributaria o en las condiciones de acceso a los beneficios no tendrán efecto en la movilidad. Esta cláusula permitirá reducir el déficit previsional en forma más efectiva y rápida que sin ella y además protege a los jubilados y pensionados de los cambios legislativos que afectan de un año a otro en forma sustancial la evolución de las variables que componen la fórmula.
Según se anunció desde el espacio que integra el entrerriano Marcelo Casaretto, la fórmula planteada es similar a la del 2008 en términos de que permite, a diferencia de la sancionada en 2017, achicar el “rezago” mientras que a la vez se reduce la indexación de la economía. Hacer ajustes semestrales con un rezago mínimo, disminuye la volatilidad y reduce la pérdida de poder adquisitivo ante shocks inflacionarios como los observados en 2018 y 2019.
“Entre los indicadores vinculados con la evolución salarial, el RIPTE es el más adecuado. Se trata de un índice transparente que no ha sido objetado judicial ni políticamente. Se construye sobre la base de registros, de trabajadores formales y sobre remuneraciones ciertas. En cambio, las mediciones del INDEC (que son muy útiles a otros efectos porque captan la evolución de los salarios del sector informal) se basan en encuestas que incluyen trabajo informal”, señalaron.