El Concejo Deliberante de Gualeguaychú se encuentra trabajando un proyecto de ordenanza para promover y garantizar derechos para las personas travestis, transexuales y transgénero en el ámbito laboral. El proyecto establece un “cupo laboral trans” para el Sector Público de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, sus organismos descentralizados, las empresas subsidiadas por el Estado Municipal y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos, las que estarán obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero en una proporción no inferior al UNO Y MEDIO PORCIENTO (1,5%) de la totalidad de su personal, sin distinción del tipo de contratación, ya sea planta permanente, transitoria y/o personal contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación, hayan o no accedido al cambio registral establecido en la ley N° 26.743 además, establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales y transgénero, de acuerdo con las modalidades que fije la reglamentación.
El proyecto considera que los compromisos asumidos por el Estado argentinos con los Derechos Humanos de las personas y en particular los derechos a la igualdad, a la no discriminación, al acceso al trabajo y a un nivel de vida adecuado, son múltiples e interpelan a los gobiernos a avanzar en políticas públicas efectivas para prevenir y erradicar la discriminación hacia las personas pertenecientes al colectivo LGBTTTIQ+ en el acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral formal.
También que como Órgano municipal nos compete la promoción del pleno ejercicio de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales de las personas trans sin discriminación por razones de identidad y/o expresión de género; y que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el informe “Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas”, afirma que las personas trans están inmersas en un ciclo de exclusión y pobreza que las empuja hacia la economía informal, la actividad criminal, y el trabajo sexual como forma de sobrevivir”. En virtud de ello, la CIDH recomendó a los Estados, “asegurar que los programas estatales para personas de bajos ingresos, sin hogar o sin empleo sean accesibles a las personas LGBTTTIQ+”.
El proyecto también crea el RUAT (Registro Único voluntario de Aspirantes Trans) en el ámbito del municipio de la ciudad de San José de Gualeguaychú para personas travestis, transexuales y transgénero que aspiran a obtener un empleo en el ámbito del municipio con el objeto de facilitar su incorporación laboral. Dicho registro contendrá datos personales, el nombre autopercibido, las aptitudes y preferencias laborales de las personas aspirantes, además, de los certificados de estudios realizados, antecedentes laborales y demás cursos y capacitaciones realizadas, en concordancia con lo que solicita la Dirección de Personal a los/las trabajadores/as municipales. Se garantizará la privacidad de la documentación presentada en el RUAT y la observancia del secreto estadístico. Toda la documentación que deba presentarse reviste carácter de datos sensibles en los términos del art. 3 de la Ley N° 1845.