Impulsan una ley para proteger las jubilaciones de los descuentos que derivan de créditos

Un proyecto de ley ingresado en la Cámara de Diputados busca “blindar” o proteger las jubilaciones de pasivos entrerrianos de los descuentos que se producen por la toma de créditos, una problemática que en medio de la crisis viene ocupando un lugar cada vez mayor.

Se trata de una iniciativa de la diputada Maria Elena Romero (Juntos por Entre Ríos), que de algún modo puede considerarse complementaria al proyecto que presentó su compañera de bancada Gabriela Lena, para “proteger el recibo de sueldo de los empleados estatales activos o pasivos de Entre Ríos de toda deducción que no provenga de un organismo judicial o provincial”.

“El proyecto que sometemos a consideración propone un paliativo práctico a una temática que en verdad debiera merecer la atención de las autoridades públicas, cual es el estado de sujeción a que los asalariados, activos y pasivos, quedan expuestos respecto de entidades que le prestan dinero, el cual finalmente, tanto por abuso de los prestamistas como a veces también por desinformación, descuido y aún ligereza de quienes se endeudan, derivan en la desaparición del salario o haber jubilatorio o de pensión, oficiando la administración pública como agente de cobro de entidades que en muchos casos se tornan usurarias”, argumentaron.

El proyecto al cual accedió Bicameral cuenta con el acompañamiento de los diputados Juan Manuel Rossi, Erica Vilma Vazquez, Noelia Taborda, Gabriela Lena, Silvio Gallay, Susana Perez, Marcelo Lopez, Ruben Rastelli y Lenico Aranda.

El articulado indica que se busca “asegurar a los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones un ingreso efectivo mínimo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Provincial”, y en ese sentido en su artículo segundo estipula que “serán inembargables los beneficios previsionales otorgados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos hasta un monto equivalente a una vez y media el valor del salario mínimo vital y móvil“.

En ese sentido, agrega que “los haberes que superen el monto indicado en el Artículo 2º”, es decir un salario y medio, “serán embargables hasta un tope del 20% mensual, que se aplicará sobre el excedente del mínimo inembargable”.

“El monto inembargable de los haberes establecido en el artículo 2º quedará al margen de los descuentos efectuados desde la Caja de Jubilaciones y Pensiones a favor de otras entidades, aún con consentimiento del beneficiario. Tampoco podrá ser objeto de descuento o débito automático por parte de la entidad bancaria en la que se acrediten los haberes, debiendo en todos los casos quedar a disposición del beneficiario”, precisa el proyecto.

“No son pocos los casos en los que se acreditan menos de la mitad de los haberes, y en algunos casos, tras los débitos bancarios, solo quedan al jubilado y pensionado unos pocos pesos, lo que lo obliga a recurrir a crédito usurario para afrontar el mes”, dice la iniciativa que insta al Ejecutivo a tomar otras medidas contra esta problemática.