Un proyecto de ley presentado por la diputada Carina Ramos (Frente CREER) propone crear en el ámbito de la provincia el Instituto Provincial de Defensa del Consumidor y Fiscalización Comercial (IAPCO) como “organismo autárquico y descentralizado de la administración”. Su relación con el Poder Ejecutivo provincial se mantendrá a través del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos o el que en el futuro lo suceda.
Según la iniciativa, el IAPCO gozará de autarquía funcional, financiera y de plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del Derecho Público y Privado provincial. Su patrimonio estará constituido por los bienes que actualmente posee la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia de Entre Ríos.
“Esta legislación busca establecer una institución que funcione como autoridad de aplicación, pero con un ámbito de acción mucho más amplio, con el propósito de fortalecer la efectividad en el control, la fiscalización y la imposición de sanciones frente a comportamientos que violen la normativa relacionada con la lealtad comercial y la defensa de los derechos del consumidor”, sostiene la diputada en los fundamentos.
El organismo contará, en cuanto a su composición y jerarquía administrativa, con un nivel un nivel no inferior al de Dirección General. Su titular, que será designado con anuencia del Poder Ejecutivo provincial, deberá contar con experiencia comprobable en materia de protección al consumidor.
Según el proyecto al que accedió Bicameral, los objetivos del organismo serán:
- Proponer la reglamentación de la presente ley y elaborar políticas tendientes a la defensa del consumidor y al ordenamiento de los mercados provinciales, a favor de un consumo sustentable y a la protección del medio ambiente, mediante el dictado de las resoluciones pertinentes.
- Recibir y dar curso a las inquietudes y denuncias de los consumidores y de los demás legitimados previstos en la normativa vigente;
- Disponer la realización de inspecciones y pericias vinculadas con la normativa alcanzada por la presente ley;
- Solicitar informes y opiniones a entidades públicas y privadas, provinciales y nacionales, con relación a la materia de las leyes citadas;
- Disponer de oficio o a requerimiento de parte la celebración de audiencias con la participación de denunciantes damnificados, presuntos infractores, testigos, consultores y peritos;
- Llevar un Registro de Infractores de las normas referidas en el Artículo 2° y un Registro de Asociaciones de Consumidores para la Provincia de Entre Ríos.