Las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento de la Cámara de Diputados volverán a tratar un proyecto que generó fuertes cruces entre ambas cámaras: la Ley de Transición.
La Cámara de Diputados había desechado en dos ocasiones las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de Régimen Legal de Transición de Gobierno promovido por el Poder Ejecutivo, por lo que el texto fue devuelto en segunda revisión a la Cámara alta con su redacción original.
Se trata de la segunda revisión de la Cámara baja, es decir el tercer tratamiento del proyecto que ingresó y empezó a tratarse en enero. La norma obtuvo media sanción el 28 de febrero, fue aprobada en junio en el Senado y regresó para su primera revisión. Se aprobó con nuevos cambios el 25 de septiembre en Diputados (habían objetado las modificaciones) y recibió una nueva aprobación de la Cámara alta el 13 de noviembre, según corroboró Bicameral. Ahora necesita un nuevo tratamiento y aprobación.
Este régimen tiene por finalidad regular el período de transición gubernamental, para el acceso a la información rápida, bajo las premisas de orden, responsabilidad y transparencia. Este periodo se iniciará con el escrutinio definitivo emitido por la Junta Electoral y finalizará el día de la asunción de las autoridades electas, con un lapso temporal máximo de 60 días previos a la asunción del gobernador/a y vicegobernador/a elegidos.
Qué habían objetado en Diputados
En cuanto a la iniciativa que regula la transición de gobierno, la diputada Gabriela Lena (Juntos por Entre Ríos), titular de la comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento, informó: “En los artículos 7° y 15°, creemos que es necesario mantener la redacción original. Nosotros establecimos que la comisión de transición va a estar compuesta por dos miembros del Ejecutivo y uno del Legislativo y, fundamentalmente, que esta comisión no va a percibir ningún tipo de honorarios o sueldos por la tarea encomendada. Esto fue modificado en el Senado”.
Respecto del artículo 15°, precisó que fue modificado por la Cámara de Senadores en sus alcances sobre la responsabilidad que corresponderá ante la falta del suministro de la información en los plazos y formas establecidos. “La redacción que habíamos consensuado y aprobado por unanimidad en este recinto, es mucho más clara y contempla una sanción no solamente a los empleados a través del sumario administrativo, sino también a los funcionarios públicos”, indicó.